Previsto para todo trabajador en relación de dependencia, y de contratación obligatoria a cargo del empleador, de acuerdo con el Reglamento del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto 1567/74 de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Para los trabajadores rurales, excluidos de esta cobertura, hay un régimen especial establecido por la Ley Nº 16.600 que impone la contratación de un seguro colectivo obligatorio específico.